La noticia de esta semana es que un grupo de personas de Orihuela Costa, pertenecientes al partido sin representación municipal denominado Claro, pretenden iniciar los trámites para que Orihuela Costa se convierta en Entidad Local Menor, una figura incluida en la Ley 8/2010 de 8 de junio de Régimen Local de la Generalitat Valenciana y que da mayor competencias al territorio de forma que este adquiere las mismas potestades y prerrogativas que la legislación básica de régimen local atribuye a los municipios excepto las tributarias en las que solo podría poner tasas, contribuciones especiales y administrar precios públicos.
Tenemos que decir que en la Generalitat Valenciana ya existen siete ejemplos de Entidad Local Menor, tres de ellas en Alicante que son:
La Llosa de Camacho de 216 habitantes en Alcalí, Alicante
La Xara y Jesús Pobre de 1557 y 736 habitantes respectivamente, ambas en Denia.
Es el ejemplo de Ballestar en Benifasar, Castellón, bastante curioso ya que siendo un pueblo de montaña solo dispone de 51 habitantes censados aunque solo 12 de ellos son residentes permanentes, tiene este grado tan importante de autonomía.
No va a ser tan fácil ser Entidad Local Menor dentro del Ayuntamiento de Orihuela debido a que va a ser necesario cumplir ciertos requisitos entre ellos conseguir que el pleno del Ayuntamiento vote a favor de esta iniciativa.
Requisitos para constituirse en Entidad Local Menor
Cumplir con alguno de estos puntos:
- a) Que su pertenencia al municipio sea consecuencia de la supresión o alteración de otro.
- b) Que se trate de núcleos de población con una identidad histórica y cultural fácilmente reconocible e independiente del resto del municipio al que pertenece.
- c) Que así lo acuerde el ayuntamiento, en el ejercicio de su potestad de autoorganización, en aplicación de un modelo propio de gestión descentralizada mediante acuerdo plenario.
- d) Que se acredite de forma manifiesta que la prestación de los servicios públicos municipales es deficiente y discriminatoria, en relación con el resto del municipio.
Los puntos b y d se cumplen en el caso de Orihuela Costa ya que nadie puede negar que los vecinos de Orihuela Costa tienen una identidad histórica y cultural diferente a los vecinos de Orihuela ciudad y sobre los servicios municipales no entramos en la dicusión pero si indicar que hay muchas manifestaciones en este sentido.
Además hay que cumplir una serie de requisitos técnicos para poder constituirse como Entidad Local Menor que básicamente son:
- Disponer de más de 50 personas censadas.
- Estar separado de cualquier otro núcleo de población del municipio por una franja de suelo no urbanizable.
- En ningún caso se constituirán como tales las urbanizaciones o núcleos de población de características similares.
Este último punto es un poco más polémico ya que en Orihuela Costa hay muchos núcleos de población que nacieron como urbanizaciones pero también es cierto que muchas son tan antiguas que ya tienen población estable y sus habitantes han constituido vida con recursos económicos propios, esta es la diferencia clave para diferenciar lo que se entiende como una «urbanización» donde sus habitantes generan recursos fuera de ella y una «población» donde ya sus habitantes son autónomos y generan sus propios recursos dentro de la misma como así hacen muchos de los habitantes de Orihuela Costa.
La hoja de ruta para constituirse como Entidad Local Menor
Se puede iniciar el procedimiento bien por iniciativa del propio Ayuntamiento o por iniciativa popular, para ello es necesario una petición firmada por más del 50% de la población residente.
«art 62.1- El procedimiento para la constitución de entidades locales menores podrá iniciarse de oficio por el ayuntamiento del municipio al que pertenezca o por petición dirigida al mismo por la mayoría absoluta de los vecinos residentes en el núcleo que lo pretende.»
Recordamos que Orihuela Costa tiene un poco más de 30.000 vecinos censados de los que 17.000 de ellos son de origen británico.
Si este grupo de ciudadanos que promueven la iniciativa consigue que se inicie el procedimiento necesitará de un informe de la Diputación Provincial de Alicante, una publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y en el Boletín Oficial de Alicante, y si todo es favorable, ya sería posible inscribirla en el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana previa comunicación a la Administración del Estado.
Una vez constituido como Entidad Local Menor será necesario constituir un órgano de Gobierno para llevar la gestión de la misma que tendrá como máximo exponente una presidencia y una Junta Vecinal formada por vocales en un número siempre inferior a un tercio de los concejales del Ayuntamiento y que se eligen por elecciones que está reglamentada en los artículos 66, 66 bis y 66 ter de la citada Ley 8/2010.
Hemos recogido esta noticia porque parece ilusionante para muchos de nuestros lectores, sabemos que no será fácil obtener la calificación de Entidad Local Menor, pueden haber muchos intereses en contra, sobre todo políticos, y otras muchas dificultades. Lo que si esperamos es que esta noticia no se quede en una simple maniobra electoral de un partido político, al revés, lo cierto es que Orihuela Costa se merece ser reconocida como Entidad Local Menor y podría ser apoyada por la mayoría de los partidos políticos de Orihuela de forma que todos colaboren en hacerla realidad en el menor tiempo posible.
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